El productor o gestor de residuos peligrosos está obligado a disponer de una 📍 zona habilitada e identificada para el almacenamiento de los residuos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad.
Además, los residuos peligrosos deberán estar protegidos 🔒 de la intemperie y con sistemas de retención de vertidos y derrames.
La duración máxima del almacenamiento será de seis meses 📝 , aunque, en supuestos excepcionales, la autoridad competente de la comunidad autónoma donde se lleve a cabo dicho almacenamiento, por causas debidamente justificadas y siempre que se garantice la protección de la salud humana y el medio ambiente, puede modificar este plazo, ampliándolo como máximo otros seis meses. Los plazos empezarán a computar desde que se inicie el depósito de residuos en el lugar de almacenamiento.
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